Descripción
Desde la sanción de la Ley de Educación Superior N° 24.521 (LES) en 1995, las políticas de evaluación y acreditación universitaria protagonizaron los debates en torno a la nueva relación que se construía entre el Estado y las universidades. El desarrollo de esta política no fue lineal, sino que contó con una fuerte resistencia inicial por parte de las universidades, que posteriormente se atenuó por diversos motivos. La acreditación comenzó a ser requisito para obtener el reconocimiento oficial y consecuente validez nacional de los títulos alcanzados por ese proceso, con efectos en el ejercicio profesional; la entonces Secretaria de Políticas Universitarias desarrolló programas de mejoramiento destinados a las carreras que acreditaban a fin de subsanar los déficits y concretar las recomendaciones que los informes de la CONEAU señalaban, lo que supuso un incentivo importante para la participación en los procesos de acreditación, entre otras cuestiones. Según la LES, la acreditación de carreras comprende todo el universo de carreras de posgrado (especializaciones, maestrías y doctorados) y una porción de las carreras de grado. Precisamente, este proceso está reservado a un conjunto específico de títulos que refieren a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes. La ciberseguridad, como campo específico de problemáticas y de intervención, se inscribe en la configuración del denominado quinto dominio. En el marco de la seguridad internacional, a los dominios clásicos terrestre y marítimo se incorporaron, a lo largo del siglo XX, los ámbitos aéreo y espacial; en el siglo XXI, por su parte, se consolida el dominio cibernético como un nuevo espacio estratégico de interacción, conflicto y regulación. La trascendencia de la ciberseguridad radica en que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) configuran un entorno interconectado que condiciona y, al mismo tiempo, posibilita el desarrollo de múltiples prácticas esenciales de la vida social en su conjunto. En la Argentina se han creado carreras de grado de ciberseguridad y ciberdefensa en los últimos ocho años, que se suman a posgrados existentes en la temática. En este contexto, el trabajo analiza si las titulaciones de grado en ciberseguridad y ciberdefensa deberían incluirse en la nómina de títulos alcanzados por el artículo 43. Para ello, se realiza un análisis normativo del régimen de acreditación de carreras de grado, una revisión de los títulos incluidos en ese proceso y la oferta existente de carreras de ciberseguridad y ciberdefensa en el sistema universitario argentino en la actualidad. El estudio se inscribe en una investigación más amplia sobre políticas universitarias y regulación de la formación en defensa en la Universidad de la Defensa Nacional, y busca aportar criterios para la toma de decisiones regulatorias y la formación en áreas emergentes.
Palabras clave:
ACREDITACIÓN, TÍTULOS DE GRADO, CIBERSEGURIDAD